30-08-2024 (MMAyA) El ministerio de Medio Ambiente y Agua, a la cabeza del ministro Alan Lisperguer, participaran del Día Nacional del Peatón y del Ciclista, junto a viceministros, directores y personal de esta cartera de estado, participando de la caravana ciclista “Por un aire limpio y puro para Bolivia”, en el departamento de Cochabamba. Esta caravana iniciará a horas 9 am. desde Sedcam de la Gobernación de Cochabamba y concluirá en el municipio de Colcapirhua.
En este día amigable con el medioambiente se pretende concientizar a las personas acerca de la importancia de la reducción de la emisión de gases de los vehículos, así mismo, el ministro de esta cartera de estado expreso en varias oportunidades que cuidar del medio ambiente, es un trabajo en conjunto de todas las entidades y de todos los bolivianos.
CUMPLIMIENTO DE LA LEY N.º 150
El Ministerio de Medio Ambiente y Agua recuerda a la población en general la disposición de la ley N.° 150, 11 de Julio de 2011, que declara al primer domingo del mes de septiembre de cada año como el «Día Nacional del Peatón y del Ciclista en Defensa de la Madre Tierra».
La jornada tiene como fin lograr conciencia sobre la protección del medioambiente y por consiguiente la protección de la salud humana en todo el territorio Nacional.
La norma prohíbe la circulación de vehículos motorizados públicos y privados, «o cualquier otro motorizado que utilice algún tipo de carburante», a partir de 00:00 hasta las 18:00 en todo el país.
En cumplimiento a esta norma los municipios, entidades estatales, sector privado, instituciones educativas y sociedad civil en general podrán desarrollar actividades educativas de concientización, artísticas, culturales y deportivas en vías públicas, así como en plazas y parques en general.
Desde esta cartera de estado se pretende resaltar la importancia de los derechos y la seguridad de los peatones, así como el respeto de los derechos de la Madre Tierra, pues al suspenderse la circulación de vehículos, el país vive una jornada sin contaminación y un aire limpio.
El incumplimiento de la presente Ley, dará lugar a las sanciones correspondientes dispuestas por el Gobierno Central o el Gobierno de cada entidad territorial autónoma, según corresponda, encargándose de su estricto cumplimiento, el Organismo Operativo de Tránsito.