El Ministerio de Medio Ambiente y Agua (MMAyA) a la cabeza de su titular María Elva Pinckert, en coordinación con el Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal (VMABCCYDGDF), vienen trabajando para combatir el tráfico ilegal de fauna silvestre en nuestro país.
Tras un seguimiento de inteligencia, la tarde de este miércoles se realizó un operativo en la ciudad de Santa Cruz, a cargo del Viceministerio de Medio Ambiente y la Policía Forestal Medio Ambiental y Ecológica (POFOMA), en el cual un traficante fue descubierto comercializando un animal silvestre en las redes sociales, por lo cual se procedió a decomisar a la especie y a detener al infractor quien deberá ser juzgado por haber cometido un delito de tráfico ilegal de fauna silvestre.
Según el procedimiento, el viceministerio de medio ambiente entregará al animal a centro de custodia legalmente establecido en nuestro país, quien deberá hacerse cargo del bienestar del animal silvestre en las mejores condiciones para su rehabilitación, para posteriormente, según la evaluación de las autoridades, ver la posibilidad de una inserción en su hábitat natural.
La Constitución Política del Estado (CPE) en su artículo 342 dictamina que es deber del Estado y de la población conservar, proteger y aprovechar de manera sustentable los recursos naturales y la biodiversidad, así como mantener el equilibrio del medio ambiente y expone la prohibición del tráfico ilegal, tenencia o manejo de fauna silvestre.
La Resolución Ministerial MMAyA N° 042/20, de 10 de febrero de 2020, aprobó el Reglamento de Restricción y Control al Comercio de Fauna Silvestre, con el objeto de “…regular el comercio de vida silvestre en el Estado Plurinacional de Bolivia, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 300, Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien y del Decreto Supremo N° 3048 de 11 de enero de 2017.”
Por lo cual, toda actividad que atente contra la fauna silvestre y que no se encuentre enmarcada en dicha resolución, será pasiva a un proceso penal establecido en la ley 1333 en su Art. 111, que pena la comercialización ilegal de fauna silvestre y en el código penal en su Art. 223, como delito tipificado de destrucción y deterioro de bienes del estado, con la privación de libertad de hasta seis años.
Este tipo de acción tienen graves consecuencias para los ecosistemas del país y atenta actualmente contra la proliferación del COVD-19 en esta Emergencia Sanitaria y sobre todo al patrimonio natural de Bolivia. En la actualidad existen 70 especies de animales silvestres en riesgo por el mercado negro, ya que existe una gran demanda de este tipo de animales salvajes para convertirlos en mascotas.
El Ministerio de Medio Ambiente y Agua (MMAyA), continuará realizando este tipo de operativos en todo el territorio boliviano e insta una vez más a la ciudadanía en general, a denunciar la venta ilegal y a no comercializar, ni comprar este tipo de animales.